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Análisis, criterio técnico y estrategia en derecho laboral colombiano.

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Derecho laboral

Derecho laboral para
trabajadores y empleadores.

Es el área principal de Ávila Cortés Consultores. Asesoramos y representamos tanto a trabajadores como a empresas, con análisis técnico de la norma y de la jurisprudencia aplicable.

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Para trabajadores

Qué revisamos

  • Despido con o sin justa causa e indemnización
  • Liquidación final: cesantías, intereses, primas y vacaciones
  • Salarios y horas extra no pagados
  • Contratos de prestación de servicios que encubren una relación laboral
  • Estabilidad laboral reforzada (salud, embarazo, fuero)
  • Acoso laboral (Ley 1010 de 2006)
Ver la página para trabajadores →
Para empleadores

Qué revisamos

  • Contratos de trabajo y otrosíes
  • Terminaciones de contrato y su soporte documental
  • Procesos disciplinarios y diligencias de descargos
  • Reglamento interno de trabajo
  • Requerimientos e inspecciones del Ministerio del Trabajo
  • Conciliaciones y defensa en procesos laborales
Ver los planes para empresas →
Laboral colectivo

Derecho laboral colectivo

Sindicatos, negociación colectiva, convenciones y pactos colectivos, y conflictos colectivos de trabajo.

Conciliaciones

Conciliaciones

Preparación y acompañamiento en audiencias de conciliación laboral entre trabajadores y empleadores.

Antes de la cita

Documentos útiles.

Llevar estos documentos a la consulta permite revisar su situación con más precisión. Si no los tiene todos, igual podemos empezar.

  • Contrato de trabajo, otrosíes o contrato de prestación de servicios
  • Carta de terminación, de renuncia o citaciones a descargos
  • Liquidación y desprendibles de nómina
  • Certificados laborales y planilla de seguridad social (PILA)
  • Mensajes o correos relacionados con los hechos
Documentos sobre un escritorio
Plazos generales

El tiempo cuenta.

Como regla general, las acciones derivadas de los derechos laborales prescriben en tres (3) años contados desde que la obligación se hizo exigible (artículo 488 del Código Sustantivo del Trabajo, modificado por la Ley 2466 de 2025). Un reclamo escrito del trabajador, recibido por el empleador, sobre un derecho concreto, interrumpe la prescripción por una sola vez (artículo 489 del Código Sustantivo del Trabajo).

Para el acoso laboral, la Ley 1010 de 2006 (artículo 18, modificado por la Ley 2209 de 2022) prevé que las acciones caducan en tres (3) años a partir de la fecha en que hayan ocurrido las conductas. Cada caso tiene particularidades: los plazos concretos se revisan en la consulta.

Preguntas frecuentes

Sobre derecho laboral.

¿Atienden a trabajadores y también a empresas?

Sí. El derecho laboral es el área principal y atendemos a ambas partes. Antes de cada cita verificamos que no exista conflicto de intereses, por eso pedimos el nombre de la contraparte al agendar.

¿Pueden revisar si mi liquidación está bien hecha?

Sí. En la consulta jurídica revisamos la liquidación y le explicamos qué conceptos podrían reclamarse y con qué soporte.

¿La consulta tiene costo?

La consulta jurídica de 45 minutos tiene costo; el valor y el medio de pago se informan al agendar en Calendly.

Siguiente paso

¿Quiere revisar su caso?

Agende un diagnóstico inicial de 20 minutos. Le indicamos si corresponde una consulta jurídica.

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Agendar una cita no crea una relación abogado-cliente. El resultado de cualquier trámite depende de la prueba y de la decisión de la autoridad.

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